Rodrigo Pérez · Contrastado con la Agencia Tributaria · 27 de septiembre de 2026
Emitir facturas sin IVA: cuándo y cómo hacerlo correctamente no es un error si tu operación encaja en alguno de los supuestos legales. No todas las facturas llevan IVA. Hay actividades exentas y operaciones concretas en las que emitir una factura sin IVA es lo correcto, no un error. Saber cuándo aplica y cómo reflejarlo evita problemas tanto contigo como con quien recibe la factura.
Actividades exentas de IVA
Determinadas actividades están exentas de IVA por su propia naturaleza: sanidad, educación reglada, algunos servicios financieros y de seguros, y ciertas actividades culturales, entre otras recogidas expresamente en la Ley del IVA. Si tu actividad está en alguno de estos supuestos, tus facturas no llevan IVA, y debes indicar expresamente el precepto legal que ampara la exención.
Operaciones intracomunitarias entre profesionales
Si prestas servicios a un cliente profesional (empresa o autónomo) establecido en otro país de la Unión Europea, y ambos estáis dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), la factura se emite sin IVA, aplicando la regla de inversión del sujeto pasivo: es el cliente quien autoliquida el IVA en su país. Es imprescindible incluir la mención «inversión del sujeto pasivo» en la factura, además de los NIF-IVA de ambas partes.
Exportaciones y servicios a clientes fuera de la UE
Las exportaciones de bienes fuera de la Unión Europea, y en general los servicios prestados a empresas o profesionales establecidos fuera de la UE, también se facturan sin IVA español, por no estar la operación localizada en territorio de aplicación del impuesto. Aquí también conviene indicar el precepto que ampara la no sujeción o exención.
¿Y si el cliente es un particular de otro país de la UE?
Aquí la regla cambia: si vendes a un particular (no profesional) de otro país de la UE, en muchos casos sí debes repercutir IVA, aunque puede ser el tipo del país de destino en lugar del español si superas determinados umbrales de ventas (régimen de ventas a distancia). Es uno de los supuestos donde más conviene revisar caso por caso con un asesor, especialmente si vendes online a consumidores de varios países.
Qué debe indicar siempre una factura sin IVA
- La mención expresa del motivo de la exención o no sujeción, citando el artículo de la normativa aplicable.
- En operaciones intracomunitarias, la mención «inversión del sujeto pasivo» y los NIF-IVA de ambas partes.
- El resto de requisitos habituales de cualquier factura: numeración, fecha, datos del emisor y del cliente, concepto y base imponible.
Un error frecuente: confundir «sin IVA» con «IVA al 0%»
No repercutir IVA por estar exento u operar fuera del ámbito del impuesto no es lo mismo que aplicar un tipo del 0%. Cada supuesto tiene su propio fundamento legal y su propia forma de reflejarse en la factura y en las declaraciones trimestrales (modelo 303 y resumen anual 390), así que conviene no mezclar ambos conceptos al declarar.
Supuestos de factura sin IVA, de un vistazo
| Supuesto | Mención obligatoria en factura |
|---|---|
| Actividad exenta (sanidad, educación…) | Artículo de la Ley del IVA que ampara la exención |
| Cliente empresa UE (ROI) | «Inversión del sujeto pasivo» + NIF-IVA de ambas partes |
| Cliente fuera de la UE | Mención de no sujeción/exportación |
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar igualmente estas facturas sin IVA? Sí, se declaran en el modelo 303 (en las casillas correspondientes a operaciones exentas o no sujetas) y en el resumen anual, aunque no repercutan cuota de IVA.
¿Puedo deducirme el IVA de mis gastos aunque emita facturas sin IVA? Depende del tipo de exención: en algunos supuestos (como ciertas exportaciones) sí puedes deducir el IVA soportado, en otros (ciertas exenciones «plenas» como sanidad o educación) no. Conviene confirmarlo con un asesor según tu actividad concreta.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria — Sede electrónica de la AEAT
- Boletín Oficial del Estado — BOE, normativa tributaria
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal para valorar tu caso concreto, especialmente si facturas de forma habitual a clientes internacionales.
