Deducción de suministros por trabajar desde casa: requisitos

Rodrigo Pérez · Contrastado con la Agencia Tributaria · 27 de septiembre de 2026

La deducción de suministros por trabajar desde casa es una de las menos conocidas: muchos autónomos trabajan desde casa y no saben que pueden deducirse una parte de los suministros del hogar. La Ley del IRPF regula expresamente esta deducción desde 2018, con una fórmula concreta que conviene conocer para no dejarte dinero sin deducir ni pasarte de la raya.

Requisito previo: declarar la vivienda como parcialmente afecta

Para poder aplicar esta deducción, primero debes haber declarado en el modelo 036/037 qué porcentaje de tu vivienda está afecto a la actividad (por ejemplo, una habitación destinada a despacho sobre el total de metros cuadrados de la casa). Este porcentaje es la base sobre la que luego se calcula la deducción de suministros.

La fórmula: 30% sobre la proporción de metros afectos

Para gastos de suministros (luz, agua, gas, internet, telefonía), la deducción se calcula así:

% de la vivienda afecto a la actividad × 30% × importe del suministro

Por ejemplo: si has declarado que el 20% de tu vivienda está afecto a la actividad (una habitación de 15 m² sobre un total de 75 m²), y tu factura de luz es de 100 €, la parte deducible sería: 20% × 30% × 100 € = 6 €.

Es una deducción modesta en términos absolutos, pero aplicada mes a mes sobre varios suministros durante todo el año, suma una cantidad nada desdeñable, y es completamente legal aplicarla si cumples los requisitos.

¿Y la parte proporcional de alquiler o hipoteca?

Para gastos como el alquiler, el IBI, la comunidad de propietarios o el seguro del hogar, la deducción se calcula de forma distinta: se aplica directamente el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad (sin el 30% adicional que se aplica solo a suministros). Siguiendo el ejemplo anterior, si pagas 700 € de alquiler y el 20% de la vivienda está afecto, podrías deducir 140 € al mes por este concepto.

Qué facturas necesitas guardar

  • Facturas de luz, agua, gas e internet a tu nombre (o justificación de que el contrato, aunque no esté a tu nombre, corresponde a tu vivienda habitual).
  • Contrato de alquiler o escritura, si aplicas también la proporción de la renta o hipoteca.
  • Un cálculo documentado del porcentaje de metros cuadrados afectos, por si Hacienda lo solicita.

Errores frecuentes con esta deducción

  • Aplicar el 30% también a la parte de alquiler o hipoteca (no corresponde; ese 30% es solo para suministros).
  • No haber declarado previamente el porcentaje de afectación de la vivienda en el 036/037.
  • Declarar un porcentaje de afectación poco realista respecto al tamaño real de la vivienda.

Resumen del cálculo

ConceptoFórmulaEjemplo (20% afecto, factura 100€)
Suministros (luz, agua, internet)% afecto × 30% × importe6,00 €
Alquiler, IBI, comunidad% afecto × importe20,00 €

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir suministros si vivo de alquiler y el contrato no está a mi nombre? Es más difícil justificarlo; lo recomendable es que los contratos de suministros y el de alquiler estén a tu nombre, o al menos puedas acreditar que pagas tú esos gastos.

¿Puedo cambiar el porcentaje de afectación más adelante? Sí, comunicando la modificación a través del modelo 036/037 si cambia la distribución real de tu vivienda.

Fuentes oficiales

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento de un gestor o asesor fiscal para calcular tu deducción concreta.

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