Contrastado con las fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
El alta censal en Hacienda es el primer trámite que debes hacer para empezar tu actividad como autónomo. Se presenta mediante el modelo 036, que desde 2025 es el único modelo censal vigente para este trámite. En este artículo te explicamos cómo rellenarlo correctamente.
Importante: el modelo 037 ya no existe
Si has visto en otras páginas referencias al «modelo 037», ten en cuenta que quedó suprimido el 3 de febrero de 2025, mediante la Orden HAC/1526/2024. Antes de esa fecha, el 037 era una versión simplificada del 036, pensada para personas físicas con un perfil sencillo. Hacienda decidió eliminarlo porque sus propias herramientas de ayuda a la cumplimentación ya permiten ofrecer esa misma simplicidad dentro del modelo 036.
En la práctica, esto significa que hoy en día todos los autónomos usan el modelo 036 para darse de alta, independientemente de lo sencilla que sea su actividad. Si encuentras contenido que todavía habla del modelo 037 como una opción vigente, está desactualizado.
Cómo es el modelo 036 en su versión actual
El programa de ayuda de la Agencia Tributaria ha evolucionado precisamente para cubrir el hueco que dejó el 037. Cuando accedes al trámite como persona física, el sistema te muestra únicamente los apartados que te corresponden, ocultando las páginas y casillas pensadas para sociedades o para casos más complejos. El resultado es una experiencia de relleno tan ágil como la que ofrecía el antiguo modelo simplificado, aunque formalmente sea el mismo modelo 036 para todos.
Dónde y cómo presentarlo
El modelo 036 se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, usando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Es la vía más rápida: el alta queda registrada de forma prácticamente inmediata.
Datos que debes indicar en el formulario
- Causa de la declaración: marca la casilla de «alta» si es tu primera vez.
- Identificación: tu nombre, apellidos, NIF y domicilio fiscal.
- Fecha de inicio de actividad: debe ser igual o posterior al día en que presentas el modelo.
- Epígrafe del IAE: el código que corresponde a tu actividad económica.
- Régimen de IVA: en la mayoría de los casos será el régimen general, salvo que tu actividad esté exenta o se acoja a un régimen especial.
- Tipo de retención de IRPF: si emites facturas a otras empresas o profesionales, deberás indicar el porcentaje de retención que aplicarás, habitualmente el 15%, o el 7% si es tu primer o segundo año de actividad.
Casillas que suelen generar dudas
- Casillas de gastos o inversiones previas: sirven para declarar compras anteriores a la fecha de alta, si quieres poder deducir el IVA de esas adquisiciones.
- Domicilio de la actividad: puede coincidir con tu domicilio fiscal (por ejemplo, si trabajas desde casa) o ser distinto, si tienes un local.
- Epígrafe secundario: si vas a desarrollar más de una actividad, puedes añadir varios epígrafes en el mismo modelo.
Errores frecuentes al rellenar el modelo
- Elegir un epígrafe que no encaja con la actividad real, lo que puede provocar que apliques un IVA o una retención incorrectos.
- Olvidar marcar la casilla de inicio de actividad, dejando el alta incompleta.
- Indicar una fecha de inicio anterior a la fecha real de presentación, lo que puede generar requerimientos de Hacienda.
- Guiarte por guías desactualizadas que aún mencionan el modelo 037: hoy todo se tramita a través del 036, aunque la experiencia de relleno sea igual de sencilla.
Qué pasa después de presentarlo
Una vez enviado el modelo, recibirás un justificante de presentación de forma inmediata. Ese documento es tu prueba de alta ante Hacienda, y lo necesitarás también para completar el alta en la Seguridad Social.
Conclusión
Rellenar el modelo 036 no es complicado, pero exige atención en los detalles: el epígrafe, el régimen de IVA y la retención aplicable son los puntos donde más se equivoca quien lo hace por primera vez. Y ya no hace falta preguntarse si te corresponde el 036 o el 037: desde 2025 solo existe el 036, con una versión simplificada integrada para personas físicas.
Nota editorial: los tipos de retención y demás datos fiscales mencionados corresponden a la normativa vigente en el momento de la publicación y pueden actualizarse. Consulta la sede electrónica de la Agencia Tributaria para confirmar cualquier cambio.
