El autónomo societario es quien, teniendo una sociedad, está obligado a cotizar en el RETA en lugar de hacerlo como trabajador por cuenta ajena. Es una figura que genera muchas dudas porque no depende de lo que uno quiera ser, sino del porcentaje de participación y de las funciones que ejerce.
Quién es autónomo societario
La norma habla de quien ejerce funciones de dirección y gerencia o presta servicios para la sociedad de forma habitual, personal y directa, siempre que tenga el control efectivo de la empresa. Y ese control se presume en estos casos:
| Situación | ¿Se presume control efectivo? |
|---|---|
| Participación igual o superior al 33% del capital | Sí |
| Participación igual o superior al 25% con funciones de dirección y gerencia | Sí |
| Al menos el 50% del capital repartido entre familiares convivientes hasta segundo grado | Sí |
Ese tercer supuesto pilla a mucha gente por sorpresa: aunque tu participación individual sea pequeña, si entre tú y tus familiares convivientes sumáis la mitad del capital, la Seguridad Social entiende que hay control familiar de la sociedad.
Cuánto cotiza un autónomo societario
Aquí está la diferencia práctica más relevante: aunque el sistema general cotiza por rendimientos reales, los societarios tienen una base mínima propia, fijada cada año, que es superior a la del primer tramo ordinario. Es decir, no pueden bajar su cuota tanto como un autónomo persona física con rendimientos reducidos.
| Autónomo ordinario | Autónomo societario | |
|---|---|---|
| Base de cotización | Según tramo por rendimientos | Con una base mínima propia más alta |
| Cómo tributa lo que cobra | Rendimiento de actividad económica | Rendimiento del trabajo o factura a la sociedad |
| Responsabilidad por deudas | Personal e ilimitada | Limitada al capital social, con excepciones |
| Obligaciones contables | Libros registro | Contabilidad mercantil y cuentas anuales |
Si estás valorando qué forma jurídica te conviene, la comparación general está en autónomo, freelance o empresario individual.
Cómo cobras de tu propia sociedad
Hay tres vías y conviene no mezclarlas:
- Nómina como administrador o como socio trabajador: tributa como rendimiento del trabajo y es gasto deducible para la sociedad. Para que la retribución del cargo de administrador sea deducible, los estatutos deben prever que el cargo es remunerado.
- Factura a la sociedad por tus servicios profesionales: posible, pero sujeta a las reglas de operaciones vinculadas.
- Dividendos: reparto de beneficios, que tributa como rendimiento del capital mobiliario y no es gasto deducible para la empresa.
La segunda vía es la que más problemas da en comprobaciones. Al ser una operación vinculada, la retribución debe fijarse a valor de mercado y documentarse. Facturar a tu propia sociedad un importe artificialmente bajo o alto para optimizar impuestos es precisamente lo que Hacienda revisa en estos casos.
Bonificaciones: el punto discutido
Durante años la Seguridad Social denegó la tarifa plana a los societarios. Los tribunales han venido reconociendo ese derecho en sucesivas sentencias, y el criterio se ha ido incorporando a la práctica administrativa. Si te encuentras en esta situación, merece la pena solicitarla expresamente y, si te la deniegan, valorar la reclamación: es un importe relevante a lo largo de dos años.
Cuándo compensa constituir la sociedad
El argumento clásico es el tipo impositivo: el Impuesto sobre Sociedades es un tipo fijo, mientras que el IRPF es progresivo y crece con el beneficio. A partir de cierto nivel de beneficio, la sociedad empieza a salir a cuenta.
Pero el cálculo completo incluye más partidas: la cuota más alta de autónomo societario, la contabilidad mercantil, las cuentas anuales, la gestoría más cara y el coste de sacar el dinero de la sociedad, que tributa otra vez al repartirlo. Por eso la respuesta correcta casi nunca es «a partir de X euros», sino que depende de cuánto dinero necesites extraer cada año.
Preguntas frecuentes
¿Puedo ser administrador sin cotizar como autónomo? Si el cargo es gratuito y no tienes control efectivo ni prestas servicios habituales, es posible quedar fuera del RETA. Si tienes el control o trabajas de hecho en la empresa, el encuadramiento en el RETA es obligatorio.
¿Tengo derecho al cese de actividad? Sí, cotizando por esa contingencia, aunque las causas que dan acceso a la prestación se valoran respecto de la sociedad. Las reglas generales están en el paro del autónomo.
¿Puedo ser autónomo societario y persona física a la vez? Puedes tener una actividad propia además de la sociedad, pero solo pagas una cuota: el alta en el RETA es única, aunque realices varias actividades.
En resumen, ser autónomo societario no es una elección sino una consecuencia de tu participación y tus funciones. Antes de montar la sociedad, haz el cálculo con la cuota real que te va a corresponder y con el coste de la estructura, no solo con el tipo del Impuesto sobre Sociedades.
