Contrastado con las fuentes oficiales de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Si quieres empezar a trabajar por tu cuenta, es importante conocer cómo hacerse autónomo en España y qué trámites tienes que realizar antes de comenzar tu actividad. Aunque buena parte del proceso puede hacerse por Internet, tendrás que comunicar tu actividad tanto a Hacienda como a la Seguridad Social y preparar previamente algunos datos.
En esta guía te explicamos cómo hacerse autónomo paso a paso, qué necesitas preparar, cuándo debes realizar el alta, qué ocurre con la cuota y cuáles son las principales obligaciones que tendrás una vez empieces a trabajar por cuenta propia.
¿Qué hay que hacer para hacerse autónomo en España?
Para comenzar una actividad económica como trabajador autónomo tendrás que realizar principalmente dos gestiones: comunicar el inicio de la actividad a Hacienda y tramitar el alta en la Seguridad Social.
La Seguridad Social indica que debes estar de alta el día en que comiences tu actividad por cuenta propia y permite comunicar el alta con una antelación máxima de 60 días.
De forma general, el proceso puede resumirse en estos pasos:
- Preparar la documentación y los datos necesarios.
- Comunicar el alta censal a Hacienda.
- Tramitar el alta en el trabajo autónomo de la Seguridad Social.
- Elegir la información relacionada con tu cotización y coberturas.
- Comenzar tu actividad cumpliendo las obligaciones fiscales y contables correspondientes.
Requisitos para hacerse autónomo
Para darte de alta como autónomo tendrás que cumplir los requisitos que correspondan a tu situación personal y a la actividad que vas a desarrollar.
La Seguridad Social establece que deben darse de alta quienes vayan a realizar de manera habitual una actividad económica por cuenta propia. Además, el trámite está dirigido, entre otros, a personas de 18 años o más, españoles residentes en España y extranjeros que dispongan de autorización para trabajar cuando sea necesario.
También es importante comprobar si tu actividad requiere algún permiso, licencia, colegiación o autorización adicional. Estos requisitos no son iguales para todas las profesiones.
¿Qué documentos necesito para hacerme autónomo?
Antes de iniciar los trámites conviene tener preparados tus datos personales y toda la información relacionada con la actividad.
Entre los datos que puedes necesitar se encuentran:
- DNI o NIE.
- Número de la Seguridad Social.
- Domicilio fiscal.
- Domicilio de la actividad, cuando corresponda.
- Fecha prevista de inicio.
- Actividad económica que vas a desarrollar.
- Código del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- Código de actividad CNAE.
- Previsión de rendimientos netos.
- Información necesaria para determinar tu cotización.
- Datos de la cuenta bancaria para domiciliar la cuota.
La Seguridad Social detalla estos datos en el propio trámite de alta en Importass.
Puedes consultar también nuestra guía sobre los documentos necesarios para darse de alta como autónomo para preparar toda la información antes de comenzar el proceso.
Paso 1: darte de alta en Hacienda
El primer paso consiste en comunicar a la Agencia Tributaria que vas a iniciar una actividad económica.
Para ello se presenta la correspondiente declaración censal, utilizando el modelo 036. La Agencia Tributaria establece este modelo para la declaración de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Durante este trámite tendrás que comunicar información como tus datos fiscales, domicilio y actividad económica.
También tendrás que determinar las obligaciones tributarias que correspondan a tu actividad, por ejemplo las relacionadas con el IVA o el IRPF.
Es importante seleccionar correctamente la actividad que vas a desarrollar y revisar las obligaciones fiscales antes de presentar la declaración.
Paso 2: darte de alta en la Seguridad Social
Una vez preparada la información, tendrás que realizar el alta en el trabajo autónomo de la Seguridad Social.
Este trámite se realiza actualmente a través de Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Durante el proceso tendrás que proporcionar información sobre tu actividad, incluyendo el código CNAE, la fecha de inicio y el domicilio de la actividad. También tendrás que estimar tus rendimientos netos anuales y seleccionar una base de cotización dentro de las opciones que correspondan a tu situación.
Además, durante el trámite tendrás que seleccionar la mutua colaboradora que corresponda y proporcionar una cuenta bancaria para domiciliar el pago de la cuota.
¿Cuándo tengo que darme de alta como autónomo?
El alta debe tramitarse antes de comenzar la actividad.
La Seguridad Social permite realizar la comunicación con una antelación máxima de 60 días respecto a la fecha prevista de inicio.
Por ejemplo, si vas a empezar a trabajar como autónomo el 1 de diciembre, puedes realizar previamente los trámites necesarios para que el alta tenga efecto en esa fecha.
No es recomendable empezar a trabajar y después intentar solucionar el alta. La Seguridad Social indica que las altas comunicadas después del inicio se consideran fuera de plazo y pueden tener consecuencias sobre la cotización y los beneficios aplicables.
¿Cuánto cuesta hacerse autónomo?
Realizar los trámites de alta no significa necesariamente que tengas que pagar una cantidad por presentar las solicitudes.
Sin embargo, una vez que estés dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tendrás que pagar la correspondiente cuota mensual de autónomos.
La cuota se determina teniendo en cuenta los rendimientos que preveas obtener y la base de cotización elegida dentro de los límites establecidos. La Seguridad Social dispone de un simulador oficial para calcular la cuota correspondiente a cada tramo de rendimientos.
Además, pueden existir determinados beneficios o reducciones de cuota cuando se cumplen los requisitos establecidos en cada caso.
Por este motivo, es recomendable calcular la cuota antes de comenzar la actividad para saber cuánto tendrás que reservar cada mes.
¿Puedo hacerme autónomo por Internet?
Sí. Gran parte de los trámites pueden realizarse por Internet.
El alta en trabajo autónomo de la Seguridad Social se gestiona a través de Importass, desde donde puedes realizar el trámite y consultar posteriormente información relacionada con tu situación y tus expedientes.
La Agencia Tributaria también dispone de servicios electrónicos para realizar las gestiones fiscales correspondientes.
Antes de comenzar, asegúrate de disponer de un sistema de identificación válido para acceder a los servicios electrónicos que necesites utilizar.
¿Qué obligaciones tengo después de hacerme autónomo?
Darte de alta es solamente el principio. Una vez que comiences tu actividad tendrás que cumplir una serie de obligaciones fiscales, contables y relacionadas con la Seguridad Social.
Entre ellas pueden encontrarse:
- Presentar las declaraciones tributarias que correspondan.
- Emitir y conservar facturas.
- Llevar los registros obligatorios según tu actividad.
- Pagar la cuota mensual de autónomos.
- Mantener actualizados tus datos ante las administraciones.
- Conservar documentación y justificantes relacionados con la actividad.
Las obligaciones concretas dependen de factores como la actividad desarrollada, el régimen fiscal y el tipo de operaciones que realices.
¿Qué pasa si quiero hacerme autónomo y trabajar también por cuenta ajena?
Es posible desarrollar simultáneamente una actividad por cuenta propia y trabajar para una empresa. Esta situación se conoce como pluriactividad.
En ese caso existen determinadas reglas específicas de cotización y posibles beneficios o mecanismos de compensación que dependen de las circunstancias del trabajador.
Por eso, si vas a combinar un trabajo por cuenta ajena con una actividad como autónomo, conviene comprobar las condiciones concretas antes de realizar el alta.
Puedes consultar nuestra guía específica sobre la cuota de autónomos en pluriactividad.
¿Qué ocurre si dejo de ser autónomo?
Cuando finalices tu actividad tendrás que comunicar la correspondiente baja tanto en Hacienda como en la Seguridad Social cuando proceda.
La Seguridad Social permite solicitar la baja y establece los plazos que deben respetarse para comunicar el cese de actividad.
Es importante no dejar simplemente de trabajar y mantener el alta indefinidamente, porque mientras permanezcas de alta pueden continuar existiendo obligaciones y el pago de las cuotas correspondientes.
Preguntas frecuentes sobre cómo hacerse autónomo en España
¿Cuánto se tarda en hacerse autónomo?
El tiempo depende de la situación de cada persona y de que tenga preparados correctamente todos los datos necesarios. Los trámites pueden realizarse por Internet y el alta en Seguridad Social se gestiona mediante Importass.
¿Tengo que ir a Hacienda para hacerme autónomo?
No necesariamente. La Agencia Tributaria dispone de servicios electrónicos para realizar la declaración censal y otros trámites relacionados con la actividad económica.
¿Puedo hacerme autónomo sin tener clientes?
En principio, el alta está relacionada con el inicio o realización de una actividad económica por cuenta propia. Lo importante es que exista una actividad que deba ser comunicada a las administraciones y se cumplan las obligaciones correspondientes.
¿Puedo hacerme autónomo teniendo un trabajo?
Sí. Puedes encontrarte en situación de pluriactividad cuando trabajas por cuenta ajena y desarrollas simultáneamente una actividad por cuenta propia.
¿Puedo hacerme autónomo con 18 años?
La Seguridad Social indica que el régimen de trabajo autónomo se dirige, entre otros colectivos, a personas de 18 años o más, siempre que se cumplan las condiciones correspondientes.
¿Puedo hacerme autónomo siendo extranjero?
Dependerá de tu situación administrativa y de si dispones de la autorización necesaria para trabajar y desarrollar una actividad por cuenta propia en España.
Cómo hacerse autónomo en España: resumen
En definitiva, cómo hacerse autónomo en España puede resumirse en preparar la información necesaria, comunicar el inicio de la actividad a Hacienda y realizar el alta correspondiente en la Seguridad Social antes de empezar a trabajar.
La Seguridad Social permite tramitar el alta con hasta 60 días de antelación y actualmente ofrece el servicio a través de Importass.
Antes de comenzar, comprueba qué obligaciones fiscales tendrás, qué cuota de autónomos te corresponde y si tu actividad requiere alguna autorización adicional.
Fuentes oficiales
Seguridad Social — Guía práctica de trabajo autónomo
Agencia Tributaria — Modelo 036 y declaración censal
Seguridad Social — Alta en trabajo autónomo
Importass — Trámites de trabajo autónomo
